Anuncio de convocatoria de Junta General Ordinaria de Albacete Balompié SAD
Se celebrará en la Ciudad Deportiva 'Andrés Iniesta', el día 16 de diciembre de 2024.
Se hace pública la convocatoria que realiza el Consejo de Administración de la compañía a sus accionistas para la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en el domicilio social de la entidad, sito en Albacete, Prolongación de la Avenida de España s/n, Ciudad Deportiva “Andrés Iniesta”, el día 16 de diciembre de 2024, a sus 13:00 horas, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria en el mismo lugar el día 17 de diciembre de 2024 a las 13:30 horas, con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
I. Aprobación o censura de la gestión social.
II. Aprobación o censura de las cuentas anuales, informe de gestión y propuesta de aplicación de resultados del ejercicio.
III. Ratificación de la novación del contrato de préstamo mercantil de 14 de diciembre de 2017.
IV. Delegación de facultades para la ejecución y elevación a público de los acuerdos precedentes.
V. Lectura y aprobación del acta de la junta.
Se hace constar el derecho que asiste a los señores accionistas a solicitar y obtener de la sociedad todos los documentos sometidos a la aprobación de la Junta, incluidos el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas, en los términos previstos en el artículo 272 LSC.
Conforme prevé el artículo 16 de los estatutos sociales, será necesario que aquellos accionistas que deseen asistir a la Junta General comuniquen tal voluntad con una antelación mínima de 5 días. Para ello, deberán dirigir la comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: legal@albacetebalompie.com. En caso de no realizarse dicha comunicación previa, la mesa de la Junta General estará facultada a no autorizar el acceso del accionista correspondiente o de su representante.
Por último, se recuerda a los Sres. accionistas que, además de la comunicación previa, conforme al citado artículo 16 de los Estatutos de la sociedad, únicamente podrán asistir a las Juntas Generales, por sí o representados, los titulares de al menos cien acciones inscritas a su nombre en el Registro de Acciones nominativas de la Sociedad. Los titulares de acciones en número inferior podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.